sábado, 27 de enero de 2024

¿Quién le pone el cascabel al gato?

Diego Molano Aponte, que fue ministro de Defensa en el gobierno de Iván Duque, ha publicado un importante libro en el que denuncia al que ahora llaman "Capitán Planeta" y sus secuaces por los desórdenes que entre noviembre de 2019 y abril de 2021 buscaban el derrocamiento del gobierno de ese entonces. 

El libro se llama "Bajo Amenaza: La cara oculta del estallido social que golpeó a Colombia" (vid.Bajo amenaza - Diego Molano | PlanetadeLibros) y constituye lo que en términos de la legislación penal de ahora tiempos se denominaría como un "auto cabeza de proceso", cuando no un escrito de denuncia contra los promotores de esa intentona de golpe, quienes en lugar de estar compareciendo ante la justicia ostentan hoy el mando dentro de nuestro ordenamiento político.

En otras oportunidades he llamado la atención acerca de la multitud de delitos que se cometieron durante ese movimiento a todas luces subversivo. Están, por supuesto, los delitos políticos de asonada, sedición y rebelión, acompañados de otros más, como porte ilegal de armas, daños en propiedades públicas y privadas, bloqueo criminal de vías públicas, homicidios, etc. 

Por unos de esos delitos la justicia penal ha condenado a más de un centenar de integrantes de la "Primera Línea", que a la usanza de los nazis cumplía las funciones de las SA, "la patrulla callejera de Hitler" (vid. SA, la patrulla callejera de Hitler (larazon.es), pero ha dejado en la impunidad a los instigadores de los mismos.

Conviene recordar, sin embargo, que esos delitos no están todavía amparados por la prescripción y es posible entonces denunciarlos ante las autoridades competentes, comenzando por la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes y siguiendo con la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo el status jurídico de cada uno de los posibles infractores.

Que el que nos desgobierna es comunista, como lo dice Milei, está por fuera de toda discusión. Si, además, es asesino, sólo una justicia imparcial podría esclarecerlo, pero no hay que olvidar que ocupaba una posición de elevada jerarquía dentro del M-19, que era una organización a todas luces criminal, de lo que da cuenta nada menos que el horrendo Holocausto del Palacio de Justicia. Era, por lo menos, cómplice de esos asesinos. Recuérdese la muerte de José Raquel Mercado.

De la alianza del M-19 con Pablo Escobar para esa funesta acción da cuenta el lugarteniente de este último, el tristemente célebre "Popeye", a quien pretende desmentir ahora Carlos Lehder. Desde luego que el "Capitán Planeta" le cree más a este último. Pero entiendo que la Comisión de la Verdad admitió la versión de "Popeye".

Que, como lo dice Miley, es un personaje que está hundiendo a Colombia, quién podría ponerlo en duda. Las cifras de la economía son estremecedoras. Y del orden público, ni se diga. Basta con leer el informe que acaba de publicar El Colombiano sobre la expansión de los grupos criminales a todo lo largo y ancho del territorio nacional. Vid. Grupos criminales se expandieron a otros 293 municipios en un año (wordpress.com).

De acuerdo con el artículo 189-4 de la Constitución Política, el titular del poder ejecutivo tiene como función primordial la de "conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado". Es algo que el "Capitán Planeta" está deliberadamente incumpliendo con su política claudicante respecto de las organizaciones criminales de distinto pelambre que azotan a los colombianos y la inacción desmoralizadora que ha ejercido acerca de la fuerza pública bajo su mando. 

¿Estamos, sí o no, frente a un prevaricato por omisión?

Esto dice el Código Penal:

Código Penal
Artículo 414. Prevaricato por omision

El servidor público que omita, retarde, rehuse o deniegue un acto propio de sus funciones, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses, multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses.

Ahí les dejo, apreciados lectores, la inquietud.


Lea más: https://leyes.co/codigo_penal/414.htm


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