lunes, 31 de agosto de 2026

¡Arden los demonios!

Una seguidilla de pronunciamientos judiciales en torno de acciones de tutela promovidas por enemigos declarados de la religión y acatadas por jueces que los secundan, invocando una versión sesgada de la laicidad del Estado que proclamó en 1991 el ordenamiento constitucional hoy en vigencia, pretende erradicar toda manifestación de religiosidad no sólo en el ámbito estatal, sino en las actuaciones incluso privadas de los servidores públicos.

Es cierto que nuestra Constitución Política consagra la separación de la Iglesia y el Estado, pero como lo he señalado en otros escritos, su contenido no es contrario a la religión, puesto que su preámbulo invoca la protección de Dios y el artículo 192 lo menciona en el juramento que debe prestar el presidente al tomar posesión de su cargo. 

Si la Asamblea Nacional Constituyente invocó la protección de Dios al expedir la Constitución, no se ve la razón jurídica para censurar a los servidores públicos que le pidan auxilio para acertar en sus decisiones.

Tal como lo he dicho en ocasiones pasadas, la laicidad es un principio que puede interpretarse de distintas maneras. 

Una es la versión norteamericana que quedó consagrada en la Constitución partiendo de la base de la diversidad de credos religiosos que reinaba en las 13 colonias. La fórmula que se adoptó no privilegiaba a ninguna iglesia, pero tampoco declaraba la hostilidad contra el credo religioso en sí mismo considerado. De hecho, el presidente jura sobre la Biblia al tomar posesión y en los Estados Unidos ha prevalecido la libertad religiosa, sin perjuicio de reconocer la identidad cristiana de la nación, que únicamente Obama se atrevió a negar, dado que probablemente haya seguido siendo musulmán, tal como lo matricularon en una escuela católica en Indonesia y a pesar de haberse hecho bautista tardíamente para aspirar a la presidencia.

Otra versión de la laicidad procede de la Revolución Francesa y es claramente de inspiración masónica en su enemiga radical contra el catolicismo. Esta tendencia alentó la feroz persecución contra la Iglesia Católica que dio lugar a episodios tan aterradores como el de la Vendée. Napoleón puso punto final a ello con el Concordato de 1801. Pero la persecución renació en la Tercera República que estaba a merced de la masonería, la que inspiró las normas de separación de 1905. Hay un ilustrativo libro de Jean Sévillia acerca del tema: "Quand les catholiques étaient hors la loi" (vid. Quand les catholiques étaient hors la loi : Jean Sévillia- Ebook histoire - Ebook arts, culture & société | Cultura). Esta versión radical se padeció en nuestro país en la segunda mitad del siglo XIX y dio lugar a la reacción que operó en 1886 y se mantuvo en la Constitución, con variantes hasta 1991. El laicismo extremo inspiró a los regímenes comunistas y se manifestó en la década de 1920 en México, dando lugar a la Guerra Cristera, y en España en la década de 1930, ocasionando en buena medida la guerra civil.

Esta tendencia se nutre de la idea de la Ilustración según la cual la religiosidad corresponde a estadios primitivos de la evolución de la humanidad, destinados a superarse por medio de la razón y del pensamiento del positivismo, que de hecho proclama el materialismo y excluye la dimensión espiritual del ser humano. A los devotos de este reduccionismo les recomiendo que lean "The End of Materialism", de Charles E. Tart, Ph. D. Se lo sugiero a alguien que, citado por El Colombiano de hoy, anda con el cuento de que en la universidad no tienen cabida los dogmas religiosos, cuando precisamente la universidad europea surgió de la iniciativa de la Iglesia Católica.

Will Durant, en "Filosofía, Cultura y Vida", observa que las creencias fundamentales de cada civilización evolucionan y son sustituidas por otras. Es lo que se advierte en los tiempos modernos, en los que la religión tiende a reemplazarse por la ideología, cuyo estatuto racional deja muchísimo qué desear.

El estudio de las sociedades humanas sugiere que la religiosidad está inscrita en la naturaleza misma del hombre, si bien se proyecta de múltiples modos en su imaginario, su pensamiento, su sensibilidad, sus acciones y sus creaciones. Todas las civilizaciones remiten a principios supremos de índole religiosa. La idea de la excelencia moral es inseparable de la de trascendencia espiritual y toca en el fondo con la mística. 

Claude Tresmontant ha demostrado que la incompatibilidad entre ciencia y religión surge de prejuicios que ignoran datos fundamentales de la realidad. Profundo pensador católico y profesor eminente de Filosofía de la Ciencia en La Sorbona, galardonado por su actividad intelectual con el Gran Premio de la Academia de Moral y Ciencia Política por todas sus obras en 1987, señala que el Evangelio ofrece de hecho los fundamentos de una verdadera ciencia, la de la realización plena del ser humano. Junto con él, muchos otros cultores de la ciencia han proclamado su adhesión a la fe religiosa, como es el caso de Francis S. Collins con su libro "Belief: Readings on the Reason for Faith".

No cabe duda de que la religiosidad es dato esencial de la identidad cultural de cada pueblo, identidad que goza expresamente de protección constitucional al tenor de los artículos 3, 4, 70 y 72, lo cual no obsta para el reconocimiento de la libertad y la igualdad religiosas que consagran los artículos 18 y 19 de la Constitución. En rigor, lo que promueven los impíos que se duelen de las manifestaciones de religiosidad del actual gobierno no es la libertad religiosa, sino más bien su restricción, al tratar de impedir que los gobernantes testimonien la fe que los inspira. ¿Qué molestia hay si en la posesión presidencial intervienen con sus oraciones un rabino judío, un pastor evangélico y un sacerdote católico? ¿Afecta ello de cualquier modo el derecho de terceros de profesar credos diferentes o no profesar ninguno?

Llama la atención que los que ahora protestan contra Abelardo porque aspira a ubicar a Dios en el lugar que le corresponde dentro de nuestra institucionalidad hayan guardado silencio respecto de las diversas manifestaciones de adhesión del Astado para con los cultos ancestrales y la hechicería colindante con el satanismo. Tal como lo denuncié hace algunas semanas, ese funesto personaje realizó en la Casa de Nariño por lo menos un ritual de brujería para perjudicar a Abelardo, lo cual fracasó porque algunos de los integrantes de la Guardia Presidencial que estaban presentes se pusieron a rezar para protegerse de los demonios que se estaban invocando. Esos demonios están enfurecidos con el nuevo gobierno y excitan a demandantes y jueces que les son propicios para impedirle llevar a cabo la indispensable política del espíritu que se requiere para enderezar el rumbo de nuestra adolorida patria colombiana. 

No cabe duda de que lo que estamos presenciando hace parte de un combate espiritual que enfrenta a fuerzas sobrenaturales.

jueves, 13 de agosto de 2026

En saliendo el alacrán de casa...

 Hay un comprensible revuelo por la autorización que ayer otorgó el Senado al oprobioso expresidente que acaba de quedar en la calle para ausentarse del país a lo largo del año venidero, con la condición de que informe previamente las fechas y los lugares de sus desplazamientos.

Como muchos quisieran verlo no sólo entre rejas, sino sometido a los más crueles suplicios, alzan a tutiplén sus voces contra lo que consideran una aberrante traición del CD al votar a pie juntillas con el PH y otros partidos en favor de dicha iniciativa.

Se invoca para ello la justicia, que en su faceta humana apenas está dando los primeros pasos para investigar los múltiples desafueros que se le endilgan; pero no sobra recordar que, a diferencia de la Divina, la justicia de los hombres suele estar permeada por tendencias non sanctas en las que prevalecen el odio y la venganza.

Un amigo que es muy piadoso me contó que en medio de la confesión le dijo al sacerdote que le deseaba la muerte al sujeto de marras. El levita le recomendó que pidiera para él una buena muerte.

Este es un aspecto muy importante de la cuestión. El expresidente Uribe, que ha sido víctima propiciatoria de la venganza de los comunistas, ha pedido que no se manifieste odio contra su colega que vaga hoy hacia la desgracia. El consejo es sano y oportuno a más no poder. En medio de una tragedia como la que acaba de propinarnos la naturaleza la concordia ciudadana se hace indispensable para superar los daños de toda índole que nos dejan sus secuelas.

Vuelvo sobre la recomendación que hice en días pasados acerca del importante libro póstumo de Abelardo Forero Benavides, "Colombia, un drama", para insistir en los deletéreos efectos del odio en la vida comunitaria. A mediados del siglo pasado el país estaba dividido por el odio entre liberales y conservadores, con sus devastadores efectos que derivaron en la Violencia, así con mayúsculas. Hoy se divide entre abelardistas y petristas, unos dicen que casi por mitades y otros quizás mejor informados afirman que la proporción va más o menos en un 60% para los primeros y un 40% para los segundos. Sea de ello lo que fuere, esos porcentajes no son sanos y nada bueno auguran para los tiempos venideros.

Digo esto para señalar que el paso que dio el Senado se encamina a mitigar la confrontación. Si se hubiera negado el permiso de salida, los petristas se habrían enardecido más todavía alegando inicua persecución contra su líder. No sobra recordar un dicho apócrifo que se agrega a la escena del prendimiento en Getsemaní: "Mira cómo estamos, Pedro, y tú cortando orejas". Lo del Senado constituye un gesto de apaciguamiento y no una claudicación. Tarde o temprano la justicia hará su obra, así sea por designio providencial.

Media, por otra parte, una razón pragmática para autorizar la salida hacia el exterior de tan siniestro personaje. Acá estaría cerca de sus secuaces conspirando a todas horas. Fuera del país ello no le resultaría tan fácil. Además, allá estaría a merced del Mossad y otros funestos enemigos que le ha granjeado su intemperancia verbal. Como reza el dicho popular, es preferible que ese alacrán quede por fuera de casa.

Conviene insistir en el desarme de los espíritus. La política es escenario por antonomasia de contradicciones y de lo que trata la civilización es de encauzarlas en procura de lo mejor para la comunidad, aceptando la parte de razón que pueda asistir a cada tendencia.


sábado, 8 de agosto de 2026

In God We Trust

Desde hace algún tiempo he venido pidiéndoles a Dios y a la Santísima Virgen que nos protejan del comunismo y de las perversas intenciones de Petro y de Cepeda. Acompaño mi ruego para que iluminen, bendigan y protejan a Abelardo y José Manuel en su propósito de enderezar el rumbo de nuestra patria.

Esas mismas intenciones se pusieron de manifiesto ayer en la ceremonia de posesión presidencial, en la que hubo una oración interconfesional para pedir por el buen suceso de la nueva administración.

A ciertos laicistas recalcitrantes les ha disgustado este aspecto de la jornada de ayer, pues su talante no sólo irreligioso sino antirreligioso les hace creer que el Estado laico no sólo debe ser indiferente, sino enemigo de la religión.

Eso no es cierto. Por eso he acudido para titular este escrito a la divisa que preside el dólar estadounidense: "In God We Trust". En castellano traduce "En Dios Creemos".

Uno de los grandes aportes del constitucionalismo de los Estados Unidos es la idea del Estado libre y la Iglesia libre, fundada en que en las 13 colonias no había una confesión religiosa dominante, sino una variedad que impedía el predominio de unas sobre otras. Aunque entre los Padres Fundadores había masones que profesaban el Deísmo que después evolucionó hacia un ateísmo puro y simple, el hecho social de la profunda religiosidad de los habitantes del territorio no hizo aconsejable que hicieran carrera manifestaciones contrarias a la religión, lo que favoreció la convivencia pacífica de diferentes credos religiosos e incluso el crecimiento de la religión católica en su país. Allá ha prevalecido el principio de la libertad de religión, que no se opone a la manifestación pública de los eventos religiosos. 

La Revolución Francesa impuso otra versión del laicismo que condujo a perseguir a los católicos del modo más inclemente e incluso aterrador, de lo que da cuenta el espantoso episodio de la Vendée. Ese laicismo, inspirado no en la libertad de religión sino en libertad de la religión, a la que la ley de los tres estadios consideraba como fenómeno propio de la infancia y la adolescencia de la Humanidad e incompatible con la Edad de la Razón, inspiró las atroces persecuciones que tiempo después se desataron contra la Iglesia Católica en América Latina y con especial crudeza en México en los años 20 del siglo pasado y en España en los 30. Nuestro país no fue inmune a esa plaga que impregnó la política de los radicales en la segunda mitad del siglo XIX y suscitó la reacción clerical que quedó consagrada en la Constitución de 1886.

La Asamblea Constituyente de 1991 abandonó el reconocimiento de Dios como fuente suprema de toda autoridad e invocó la supuesta voluntad popular como fundamento de sus disposiciones, pero reconoció que las dictaba bajo la protección de Dios. Este planteamiento suscita importantes consecuencias jurídicas y políticas. La separación del Estado y de la Iglesia que se consagró como base de la libertad religiosa no implica la enemistad ni la indiferencia entre ambas potestades. La Constitución misma declara en su artículo 70 que la cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. Y agrega en el artículo 72 que el patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. ¡Qué duda cabe de que la tradición católica conlleva manifestaciones entrañables de nuestra identidad cultural!

El laicismo extremo que pretende erradicar de la escena colectiva toda connotación de índole religiosa ignora que tanto la idea de bien común para sustentar la legitimidad del poder del Estado, como la de dignidad de la persona humana como base de los derechos fundamentales, se nutren de lo más excelso de la tradición del pensamiento católico. Si a las ideologías se les presta algún mérito, como negarlo a lo que sustenta toda una civilización.

Volver a ubicar a Dios en el sitial que le corresponde, como lo propone Abelardo, no significa consagrar un régimen teocrático ni discriminar a los no creyentes, sino admitir que más allá del derecho positivo rige una Ley superior que se resume en el Decálogo. Ignorar los Diez Mandamientos es una de las causas de la tremenda crisis en que estamos sumidos.

En mis cursos de Teoría Constitucional y Filosofía del Derecho les hacía ver a mis discípulos que la mirada hacia Dios de parte de los gobernantes implica el reconocimiento de que sobre el poder que ostentan rigen unos valores superiores que en últimas lo legitiman y que, de todos modos, ello es preferible a que rindan culto a esa deidad vaga, vana y ondulante que, adoptando los célebres términos de Montaigne, caracteriza al Demos.

Uno de los dramas de la modernidad es la negación de la dimensión espiritual y por ende religiosa del ser humano. Al rescate de la primera se aplica un libro de Jerry Kroth cuya lectura estoy terminando y que recomiendo vivamente: "Psyche' exile: an empirical odyssey in search of the soul". Tengo en mente otro, del Dr. Manuel Sans Segarra: "La Supraconciencia existe: vida después de la vida". Ambos desafían a través de evidencias incontrastables el dogma que prevalece hoy en ambientes académicos acerca de que la conciencia es un epifenómeno ilusorio de la actividad físico-química del cerebro.

Se critica a Abelardo porque invoca a Dios y se sesgan los episodios de hechicería que ha protagonizado Petro, no sólo con la supuesta posesión espiritual que protagonizó con Francia Márquez antes del 7 de agosto de 2022, sino en la propia Casa de Nariño, de lo que hay un testimonio irrefutable. En ciertos medios se especula además sobre su pertenencia a cierta confesión de origen africano. Es muy probable que dicha sede esté infestada por presencias infernales, por lo que resulta prudente que Abelardo se niegue a ocuparla.

No podemos desconocer que nuestro país ha sido escenario de un fragoroso combate espiritual que nos enfrenta a potencias demoniacas. La droga, la violencia, la corrupción y otras funestas adversidades nos obligan a mirar de nuevo hacia Dios y rogarle que nos tenga de su mano.

martes, 4 de agosto de 2026

Fronterizos del delito

Insisto en que quien nos desgobierna y el que contra toda evidencia insiste en haber sido despojado del triunfo en el más reciente debate presidencial bordean descaradamente el Código Penal.

Al fin y al cabo, son dos comunistas de línea dura que ocultan su verdadera identidad política bajo el engañoso rótulo de "progresistas", pero son devotos de la doctrina de Carlos Marx según la cual "la violencia es la partera de la historia" y la legalidad liberal es una superestructura que esconde la explotación del pueblo por las clases privilegiadas.

En otra ocasión he observado que la exigencia que el segundo de aquéllos le hace al presidente electo de renunciar a su ciudadanía norteamericana como condición necesaria para reconocer no sólo la legalidad  sino la legitimidad de su elección bien podría encasillarse dentro de las normatividades del constreñimiento ilegal e incluso de la extorsión que tipifican los artículos 182 y 244 del Código Penal.

El primero de ellos sanciona al que, fuera de los casos expresamente previstos como delito, constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa. El constreñimiento puede consistir, según la doctrina, en violencia, amenazas o coacción. Y en el caso de que se trata las amenazas consisten en desconocer su investidura y excitar a la población a la desobediencia dizque civil y pacífica, que no es otra cosa que la antesala de la reacción violenta. En lugar de acudir a las acciones previstas por el ordenamiento jurídico para dilucidar la legalidad de la elección, amenaza con vías de hecho potencialmente subversivas.

Ello podría examinarse también a la luz de lo dispuesto por el Código Penal para la extorsión, en que incurre el que constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con el propósito de obtener provecho ilícito o cualquier utilidad ilícita o beneficio ilícito, para sí o para un tercero.

En este caso se da la amenaza de la desobediencia comunitaria si el presidente electo no se pliega a la exigencia que se le formula so pena de desconocer su investidura, a lo cual no tiene derecho el que la formula, de modo que si el amenazado se pliega a lo que se le exige aquél obtiene provecho, utilidad o beneficio ilícito.

En lo que concierne al inquilino de la Casa de Nariño, lo que ayer publicó en la madrugada acerca de la conformación de milicias populares encargadas de velar por la continuidad, así fuere por la vía armada, de los supuestos avances sociales de su gestión gubernamental, lo acerca a lo que prohíbe el artículo 345 del Código Penal sobre la promoción de grupos de delincuencia organizada y grupos armados al margen de la ley. La pena en tal caso consiste en prisión de 13 a 22 años y multa de 1.300 a 15.000 salarios mínimos mensuales vigentes.

Acerca de la jurisdicción encargada de juzgarlo hay que distinguir entre los delitos cometidos antes de las 3 de la tarde del 7 de agosto de 2022, los cometidos entre esa fecha y las 3 de la tarde del 7 de agosto del presente año y los que cometiere después. Los de la primera y la tercera etapas corresponden a la justicia ordinaria, por lo cual considero que las acusaciones sobre la financiación ilegal de su campaña presidencial deberán pasar a la misma y salir del resorte de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.

Respecto de la competencia de esta última para ocuparse de delitos cometidos durante su período presidencial encuentro que podría haber contradicción entre los artículos 174 y 199 de la Constitución Política.

El primero de ellos dispone que le corresponde al Senado el juzgamiento de hechos u omisiones de altos funcionarios, incluido el Presidente de la República, ocurridos dentro del ejercicio de sus cargos, aunque hubieren cesado en ello. Según esto, conservará el fuero por los delitos que se le atribuyan por hechos u omisiones que se le imputen entre las 3 de la tarde del 7 de agosto de 2022 y la misma hora del 7 de agosto venidero. Pero el artículo 199 parece decir otra cosa, dado que restringe el alcance del fuero  "durante el periodo para el que sea elegido", dando a entender que después de ese periodo su juzgamiento corresponderá a la justicia ordinaria. El asunto cobra interés por cuanto se afirma en algunos medios que la actual composición de la Comisión de Investigación de la Cámara de Representantes parece favorecer su impunidad por los abusos en que podría haber incurrido en ejercicio de su cargo. Sea de ello lo que fuere, ese inquilino tendrá que habérselas con la justicia en los tiempos venideros.